¿Qué es la plusvalía?
El Diccionario de la Real Academia Española (RAE) se refiere a la Plusvalía como a un aumento del valor de una cosa, especialmente un bien inmueble, por circunstancias extrínsecas e independientes de 18cualquier mejora realizada en ella. Es decir, el impuesto de plusvalía es aquel que grava ese aumento de valor.
Trasladado al impuesto que hoy nos ocupa y que a día de hoy se denomina Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU); se trata del gravamen que se impone al incremento de valor sufrido por un bien inmueble, entre una fecha de transmisión y la próxima. Impuesto que grava este aumento de valor.
¿Dónde está el problema?
El problema estriba en que todos los Ayuntamientos de España cobran el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía, se haya producido o no un beneficio real en la venta, herencia o donación de una vivienda. Estos son los hechos imponibles que grava dicho impuesto.
La fórmula que se usa para calcular este gravamen no se basa en la diferencia del precio de mercado entre el momento de la adquisición y de la transmisión, sino en el del valor catastral del inmueble. Y se da la circunstancia de que estos valores han experimentado una evolución opuesta a los de mercado desde que estalló la burbuja inmobiliaria. Estas se han disparado, llegando a multiplicarse por cuatro en algunos municipios de la provincia.
Puede resultar paradójico ver como un impuesto que se encuentra ligado al mercado inmobiliario se haya disparado en los años en los que precisamente ha sufrido una de sus peores caídas, pero es lo que ha ocurrido en las plusvalías convirtiéndose, a nuestro juicio, en un punto fácil para las arcas de los ayuntamientos de nuestras provincias.
¿Por qué ha subido tanto la plusvalía?
Hay dos factores que están detrás de esta considerable subida:
- Unos valores catastrales que han llegado a duplicarse como consecuencia de que la última revisión efectuada por la Dirección General del Catastro se acometió en pleno ‘boom’ del ladrillo.
- Los tipos de gravamen que se aplican a la base imponible en la mayoría de municipios rozan o incluso llegan al máximo legal, fijado en el 30%.
¿Qué repercusiones han tenido estas subidas?
Evidentemente, la mayor repercusión se ha visto reflejada en cada ciudadano que quería realizar una venta de su inmueble, una donación o adquirirlo en herencia.
Es un gasto que las mayorías de las personas no pueden asumir. En la mayoría de las ocasiones a rechazan la herencia, o bien, piden préstamos personales para poder afrontar los pagos.
Todo ello ha puesto en pie de guerra a los ciudadanos y a las asociaciones en defensa de sus derechos. Se pide remodelar un impuesto obsoleto y, en todo caso, aclarar en qué términos debe calcularse. Muchos juristas hablan desde hace años de la posible inconstitucionalidad del tributo.
El último organismo en pronunciarse en este sentido ha sido el Consejo General de Economistas (CGE): en un informe publicado esta semana, bajo el título “Por un sistema fiscal transparente, ordenado y previsible, para el fomento de la actividad económica: sugerencias para la reforma del sistema fiscal”. Los Economistas aseguran que este tributo, potestativo para los Ayuntamientos, «debería desaparecer», ya que «grava un incremento de valor del suelo cuando se transmite un inmueble que ya tributa como ganancia patrimonial en el IRPF, y con mayor perfección»
Además, cada vez son más los juzgados donde podemos encontrarnos la declaración de la ilegalidad en la aplicación de este impuesto en determinados casos. Así, por ejemplo, tenemos una sentencia fallada en nuestra propia provincia donde el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Málaga declara ilegal el cobro de la plusvalía municipal cuando no se produce un beneficio real en la venta de una casa.
Según la Magistrada Asunción Vallecilo: “si no hay revalorización del inmueble no hay plusvalía que deba ser gravada”.
Todos estos pronunciamientos van sentando doctrina y esperamos que cada vez más se vayan produciendo pronunciamientos en esta línea, y poder acabar, con este impuesto tan cuestionado.
Para resolver cualquier duda o ampliar información al respecto, no dudes en ponerte en contacto con el equipo de Themis Abogadas, donde contamos con especialistas en la materia.