Lamentablemente en verano proliferan en muchas ocasiones los trabajos precarios, los contratos abusivos o las horas extras sin remunerar, además de reclamaciones por daños y perjuicios u otras incidencias asociadas a las vacaciones. La inspección de trabajo vela por estos y otros derechos de los trabajadores, por lo que si necesitas asesoramiento o quieres denunciar, en Themis Abogadas podemos ayudarte con el proceso. La denuncia laboral es una de las causas más comunes para que se de una inspección laboral, además de:
- Por control del gobierno de forma aleatoria.
- Por irregularidades que se depositan en el buzón de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Definición: inspección de trabajo
La mejor forma de definir que es la inspección de trabajo y de la seguridad social, es como establece Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo, en su artículo 1 que establece:
“[…] es un servicio público al que corresponde ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas del orden social y exigir las responsabilidades pertinentes, así como el asesoramiento y, en su caso, conciliación, mediación y arbitraje en dichas materias, lo que efectuará de conformidad con los principios del Estado social y democrático de Derecho que consagra la Constitución Española, y con los Convenios número 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo. Las normas del orden social a que hace referencia el párrafo anterior comprenden las relativas a materias laborales, de prevención de riesgos laborales, de seguridad social y protección social, colocación, empleo, formación profesional para el empleo y protección por desempleo, economía social, emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el empleo, así como cuantas otras atribuyan la vigilancia de su cumplimiento a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
Por tanto, podemos determinar que la inspección de trabajo es un organismo al servicio del trabajador que vela por el cumplimiento de las normas laborales. La inspección es una evaluación de control realizada por la Administración Pública.
Pasos a seguir para denunciar ante la Inspección laboral
- La forma de iniciar el procedimiento es a través de una denuncia ante la inspección de trabajo y de la seguridad social competente. Dicha denuncia la podrá formular directamente el trabajador o a través de su representante legal, el abogado o graduado social.
- Para que la denuncia sea tramitada es necesario identificarse, este es uno de los motivos por los cuales muchos trabajadores son reacios a presentar una denuncia contra su empresa. Los inspectores y subinspectores tienen el deber de considerar confidencial el origen de las denuncias, están obligados a no revelar la identidad de los denunciantes a las empresas objeto de inspección. Si aun así, no queremos desvelar nuestros datos existe también la opción de rellenar un formulario que la inspección de trabajo y de la seguridad social pone a disposición del ciudadano. Dicho formulario se depositará en el buzón de lucha contra el fraude laboral. Aunque nuestra recomendación es que se presente la denuncia con todos los datos para que podamos estar en la fase de investigación y ser partes del procedimiento para intentar conseguir el objetivo perseguido al presentar la denuncia.
- Una vez presentada la denuncia y turnada al Inspector o subinspector competente, este se personará en la empresa para comprobar in situ las supuestas irregularidades denunciadas. Se iniciará una investigación, recabando todas las pruebas necesarias, y finalmente se elaborará un informe en el que determinarán si la empresa ha cometido alguna infracción laboral. En caso afirmativo, se aplicará la correspondiente sanción conforme a la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (LISOS).
Formas de presentar la denuncia ante la Inspección de trabajo y Seguridad Social
Existen tres formas de presentar denuncia:
- Presencial: Personándose en las oficinas de la Inspecciones Provinciales de Trabajo y S.S., en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de las CC.AA, así como de las administraciones locales, siempre que exista el correspondiente convenio.
- Telemática: A través de la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, siempre que el denunciante disponga del DNIe (Documento Nacional de Identidad electrónico), o de una firma electrónica avanzada basada en un certificado electrónico reconocido por la plataforma @firma.
- Vía Postal: Dirigidas a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y S.S. Se advierte que si la denuncia se presenta por vía postal o en los registros sin personarse el denunciante, se exigirá adjuntar copia compulsada del DNI del denunciante y, en su caso, autorización expresa de éste para que la Inspección pueda verificar sus datos de identidad en el registro correspondiente.
Como siempre, lo más importante es que todos los pasos que demos en el ámbito sean supervisados por un experto que pueda explicaros todos vuestros derechos y obligaciones. Desde Themis Abogadas, somos expertas en derecho laboral y podemos asesoraros. Consúltanos sin compromiso si te encuentras en esta situación y buscaremos la mejor solución para su caso.